El Consejo de Ministros aprueba la regulación de las subvenciones para la creación de grupos operativos que desarrollen proyectos de innovación en al ámbito agroalimentario y forestal

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la creación de grupos operativos supra-autonómicos, en relación con la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

La finalidad de las ayudas es impulsar la creación de grupos operativos supra-autonómicos, que idearán, diseñarán y redactarán sus correspondientes proyectos innovadores.

Los grupos operativos, objeto de subvención,  estarán integrados por  personas físicas o jurídicas de distintos perfiles como agricultores, ganaderos, investigadores o centros tecnológicos,  que se agruparán para elaborar y desarrollar proyectos innovadores en el ámbito de la agricultura, ganadería y selvicultura, así como en la transformación y comercialización de productos agroalimentarios o forestales.

Las subvenciones se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con la creación del grupo operativo supra-autonómico para la redacción del proyecto innovador. Así se podrán conceder ayudas para gastos de viajes y reuniones para la definición y diseño del proyecto innovador, acciones formativas puntuales, coste del agente de innovación, estudios de la realidad rural afectada,  servicios del auditor de cuentas o para actividades de divulgación. El importe máximo de la subvención por solicitud será de 100.000 euros.

Estas ayudas se enmarcan en el nuevo  Reglamento del Parlamento Europeo para el desarrollo rural durante el periodo 2014 – 2020, que introduce la innovación como una prioridad transversal.

Se impulsa así la creación de estos grupos operativos, es decir, a la primera fase del proceso innovador: Desde la identificación del problema hasta la redacción del proyecto innovador que le da respuesta.

En una segunda fase, se concederán subvenciones, objeto de otras bases reguladoras, para la ejecución de los citados proyectos innovadores en el medio rural.